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Justicia obliga a Municipalidad de Teno a restituir a funcionario despedido injustamente

 

El tribunal declaró ilegal y arbitraria la no renovación de contrato del funcionario público Alexander Ruiz Correa, ordenando a la Municipalidad restituir su condición de empleado a contrata durante 2025 y pagar las remuneraciones correspondientes.

Talca, 2 de junio de 2025 — La Corte de Apelaciones de Talca falló a favor del periodista Alexander Ruiz Correa en un recurso de protección interpuesto contra la Ilustre Municipalidad de Teno, declarando ilegal y arbitraria la decisión verbal de no renovar su nombramiento como funcionario a contrata para el año 2025.

El recurrente, quien se desempeñaba como profesional en la Unidad de Administración Municipal, prestando funciones en Comunicaciones y Gabinete desde julio de 2021, fue notificado de su continuidad para el año 2025 mediante el Decreto Alcaldicio N° 11.355, firmado por la entonces alcaldesa Sandra Améstica Gaete el 25 de noviembre de 2024.

Dicho acto administrativo prorrogaba expresamente su nombramiento junto al de más de 40 funcionarios, conforme al artículo 2° de la Ley N° 18.883. No obstante, tras la llegada del nuevo alcalde Wildo Farías González, Ruiz fue apartado de sus funciones sin notificación formal ni dictación de decreto revocatorio, lo que le impidió ejercer recursos legales y afectó su estabilidad laboral. La Corte consideró que este proceder vulneró las garantías constitucionales del artículo 19, N° 1, 2, 16 y 24, relativas a la integridad psíquica, igualdad ante la ley, libertad de trabajo y derecho de propiedad.

La sentencia establece que la Municipalidad debe dictar el acto administrativo respectivo que reconozca la calidad de funcionario a contrata de Alexander Ruiz Correa para el año 2025, en los términos del decreto vigente, y pagar las remuneraciones correspondientes al período transcurrido. Según estimaciones, esto podría implicar un desembolso municipal superior a los 14 millones de pesos, incluyendo sueldos, bonos y compensaciones acumuladas.

El fallo también condena al municipio al pago de las costas del proceso. El recurso fue patrocinado por el abogado Marcos Hormazábal Vera, quien sostuvo que la actuación municipal careció de motivación, forma legal y respeto a las normas del procedimiento administrativo, privando al funcionario de derechos adquiridos legítimamente.

Cabe señalar que esta sentencia corresponde a una resolución de primera instancia. En caso de ser apelada, el proceso podría extenderse y eventualmente comprometer aún más recursos municipales, tanto por concepto de intereses como por una posible condena en segunda instancia.

Este fallo no solo ordena restituir un empleo, sino que también reafirma que en la función pública no hay espacio para decisiones verbales, improvisadas ni discrecionales al margen de la ley

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