Solo 660 docentes beneficiados con la resolución del tribunal internacional siguen con vida. El resto falleció esperando que Chile cumpliera fallos judiciales que ordenaban pagos adeudados por décadas. Corte ordenó diversas medidas de reparación al Estado de Chile, entre ellas, que deberá pagar directamente a las víctimas del caso o a sus derechohabientes, las sumas todavía debidas.
El parlamentario y Profesor Hugo Rey Martínez, señalo: «La corte concluyó que el Estado es responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales, protección judicial y a la propiedad de los docentes, así como del deber reforzado de garantizar la debida diligencia en el acceso a la justicia de las personas mayores».
Rey Martínez, puntualizó» “Lamento profundamente que el Estado, nunca haya tenido la voluntad real de avanzar en un acuerdo. Es más, están en los antecedentes que en la parte final el Estado pidió prórroga para hacer un planteamiento a los docentes, lo que nunca ocurrió. Y cada día que pasó fallecieron varios de los profesores demandante, de los 846 solo están con vida 660 y a muy avanzada edad”.
Fueron varias las ocasiones que la sala de la cámara de diputados y diputadas, discutió la deuda histórica del profesorado. Fueron varios los parlamentarios que se sumaron con esta causa, apoyando, respaldando y aprobando estos proyectos de resolución, en este contexto se encuentra el diputado de la Región del Maule, Hugo Rey Martínez, quien como integrante de la comisión de educación en su debida oportunidad pidio en reiteradas instancias al Ejecutivo reconocer esta deuda por parte del Estado de Chile con el gremio.
Al finalizar el diputado Hugo Rey, señalo: «Pido al Estado de Chile, que cumpla de forma oportuna y sin retardo lo ordenado por la Corte Interamericana de DD.HH., el fallo a favor de los Profesores, las diversas medidas de reparación establecidas, entre ellas, pagar directamente a las víctimas del caso o a sus derechohabientes, las sumas todavía debidas en tres tractos anuales, empezando a contar el primer tracto en el plazo de un año de notificada la sentencia.