LEY DE RETIRO DEL 10% DE LAS AFPs APROBADA Y VA RUMBO A LA MONEDA DONDE SE JUGARA SU DESTINO FINAL
La Sala de la Cámara apoyó las modificaciones del Senado al texto despachado previamente y que, entre otras materias, esclarecen que el retiro excepcional del 10% de los fondos podrá ser reclamado también por personas pensionadas. Además, se pone un plazo de 365 días y procedimientos para realizar el trámite. De no ser vetada por el Ejecutivo, la iniciativa podría ser promulgada como ley.
-
En una sesión que fue calificada por un amplio número de legisladoras y legisladores como “histórica”, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados despachó al Ejecutivo el proyecto de reforma constitucional que permite el retiro excepcional de un 10% de los fondos acumulados de capitalización individual, iniciativa que tuvo su origen en tres mociones refundidas
- La propuesta, que de no ser vetada por el Presidente de la República o enviada a análisis al Tribunal Constitucional (TC) podría quedar en condiciones de ser promulgada como ley, fue abordada en la presente jornada a la luz de las modificaciones que efectuara el Senado al texto despachado por la Cámara en el primer trámite, las cuales fueron ratificadas por 116 votos a favor, 28 en contra y cinco abstenciones, cumpliendo con ello las exigencias de quórum constitucional definidos para el caso
- En particular, las enmiendas vienen a precisar la calidad de los fondos retirados, en orden a considerarlos extraordinariamente intangibles para todo efecto legal; ponen un límite de 365 días, después de publicada la reforma constitucional, para solicitar el retiro de fondos; y definen un procedimiento para efectuar el trámite.Además, para despejar interpretaciones, especifica que se entenderá por afiliado al sistema privado de pensiones los cotizantes y los beneficiarios de una pensión; y consigna que la implementación del sistema no tendrá costo para los afiliados.