Qué es la Modalidad de Cobertura Complementaria que se incluyó en Fonasa con la ley corta de Isapres

Qué es la Modalidad de Cobertura Complementaria que se incluyó en Fonasa con la ley corta de Isapres

Luego de un año de tramitación este lunes se logró aprobar en el Congreso la ley corta de isapres, con el propósito de hacer cumplir el fallo de la Corte Suprema que las obligaba a  devolver los cobros en exceso a sus usuarios y a aplicar una nueva Tabla Única de Factores (instrumento que se utiliza para calcular el costo de los planes de salud).

Sin embargo, la ley corta tiene también un apartado que busca fortalecer las prestaciones a los usuarios de Fonasa, la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC), aspecto que era parte del programa de gobierno del presidente Boric cuando era candidato presidencial.

¿Qué es?

La idea de esta modalidad es la de fortalecer el sistema de salud público ante la llegada de nuevos usuarios producto de la salida de afiliados a las isapres por eventuales crisis.

La Modalidad de Cobertura Complementaria será un seguro voluntario que incluye prestaciones hospitalarias y ambulatorias tanto en prestadores públicos como privados, estos se coordinarán con Fonasa mediante convenios por lo que los usuarios podrán elegir el médico y establecimiento en el que se atenderán.

Esto se financiará con el 7% destinado por ley a cotizaciones de salud, además de un cobro fijo que deberá pagar el beneficiario, que de momento se calcula cerca de los 30 mil pesos. 

Entre un 60 y 70 por ciento del costo de cada atención será la cobertura de esta nueva modalidad, que se espera esté operativa en 2025 y funcione como un incentivo para atraer a más personas al sistema público.

A la modalidad podrán acceder cotizantes y sus respectivas cargas que sean parte de los grupos B, C y D, siempre cuando hayan cotizado durante los últimos 6 meses en Fonasa o alguna isapre.




Aprueban ley corta de Isapres: ahora, cómo serán los pagos?

Aprueban ley corta de Isapres: ahora, cómo serán los pagos?

A un año desde que el gobierno ingresó el proyecto de ley corta para que las Isapres cumplan con el fallo de la Corte Suprema, el mismo que las obliga a restituir los cobros en exceso y a aplicar una nueva Tabla Única de Factores (instrumento que se utiliza para calcular el precio de los planes), ayer por fin salió humo blanco.

Sin contratiempos se aprobó en ambas cámaras del Congreso la ley corta de Isapres, y de paso puso fin a una serie de especulaciones que habían sobre cómo iban a votar  congresistas del lado del gobierno.

Desde La Moneda de todas maneras ya habían advertido que aplicarían el fallo sea cual sea el resultado de la votación de ayer.

¿Y qué va a pasar ahora?

Al ser aprobada en el Congreso, la ley ahora debe ser promulgada y luego publicada en el Diario Oficial para estar en plena vigencia. Para esto hay un plazo de entre 10 y 15 días.

La ley establece un plazo de hasta 13 años para devolver la deuda a sus afiliados menores de 65 años. Sobre esta edad se considera un pago preferente en 5 años, y para los mayores de 80 el pago será en 2 años.

Sin embargo, las Isapres también podrán ofrecer a sus afiliados la opción de un pago adelantado voluntario.

Hoy en la madrugada inició el plazo de un mes que tendrán las Isapres para comunicar cómo se realizará el pago de la deuda. De la misma manera, están obligadas a informar a los usuarios con contratos anteriores al 1 de abril de 2020 su incorporación a la nueva Tabla Única de Factores, lo que les significará una disminución del costo de los planes de salud.

El total adeudado de las Isapres a sus afiliados son poco más de 1.200 millones de pesos.

Se deberá comunicar por correo electrónico, o en caso de que el afiliado no no tenga uno, a través de una carta certificada.