🔴DIPUTADO REY: SOLICITA MÁXIMA URGENCIA PARA EL PROYECTO DE SEGURIDAD VIAL DEL CRUCE SANTA LUCÍA DE LA COMUNA RÍO CLARO. *¡NO PODEMOS PERMITIR QUE SIGAN PERDIENDO MÁS VIDAS!*

En el último tiempo, como es de público conocimiento se ha incrementado el número de ocurrencia de accidentes en el cruce Santa Lucía de la comuna de Río Claro, en donde convergen las rutas K-31 y K-15. Es más, durante estas semanas en un periodo de cuatro días se produjeron 3 accidentes.

Sin duda ante aquel escenario, se reviven diversos requerimientos, los cuales son de larga data, que tiene como objeto dotar de mayor seguridad la zona y de esa manera evitar el aumento de accidentes y por consiguiente el número de víctimas fatales.

Así las cosas, por parte del Secretario Regional Ministerial, don Renzo Eduardo Casas-Cordero Guerra, en agosto del año 2022, expresó que el proyecto tiene un costo de $32 millones, el cual debiera ser costeado por recursos sectoriales o provenientes del Gobierno Regional (Gore), el cual una vez terminado en su diseño sería presentado al Gore.

EL parlamentario Hugo Rey señaló que “debido a los constantes accidentes que ocurren en dicho cruce solicite al Subsecretario de Obras Públicas a través de un oficio que se informe respecto al estado situacional; calendarización; recursos destinados y la fuente de financiamiento del proyecto de seguridad vial denominado cruce Santa Lucía de Río Claro, un claro ejemplo de cuan necesario es esto para la comunidad, es que durante estas últimas semanas en un periodo de cuatro días se produjeron 3 accidentes en el sector, es de suma urgencia poder avanzar en este proyecto para evitar mas accidentes fatales”.




Cámara aprueba el matrimonio igualitario y queda en condiciones de convertirse en ley

 

Las salas del Senado y la Cámara de Diputados aprobaron este martes la iniciativa, la cual fue despachada para ser promulgada por el Ejecutivo.

Este martes, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por 82 votos a favor, 20 en contra y 2 abstenciones el informe emitido por la Comisión Mixta sobre matrimonio igualitario.

Tras superar el último trámite legislativo, el proyecto quedó en condiciones de ser remitido al Ejecutivo para ser promulgado.




LEY DE RETIRO DEL 10% DE LAS AFPs APROBADA Y VA RUMBO A LA MONEDA DONDE SE JUGARA SU DESTINO FINAL

La Sala de la Cámara apoyó las modificaciones del Senado al texto despachado previamente y que, entre otras materias, esclarecen que el retiro excepcional del 10% de los fondos podrá ser reclamado también por personas pensionadas. Además, se pone un plazo de 365 días y procedimientos para realizar el trámite. De no ser vetada por el Ejecutivo, la iniciativa podría ser promulgada como ley.

  • En una sesión que fue calificada por un amplio número de legisladoras y legisladores como “histórica”, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados despachó al Ejecutivo el proyecto de reforma constitucional que permite el retiro excepcional de un 10% de los fondos acumulados de capitalización individual, iniciativa que tuvo su origen en tres mociones refundidas

  • La propuesta, que de no ser vetada por el Presidente de la República o enviada a análisis al Tribunal Constitucional (TC) podría quedar en condiciones de ser promulgada como ley, fue abordada en la presente jornada a la luz de las modificaciones que efectuara el Senado al texto despachado por la Cámara en el primer trámite, las cuales fueron ratificadas por 116 votos a favor, 28 en contra y cinco abstenciones, cumpliendo con ello las exigencias de quórum constitucional definidos para el caso
  • En particular, las enmiendas vienen a precisar la calidad de los fondos retirados, en orden a considerarlos extraordinariamente intangibles para todo efecto legal; ponen un límite de 365 días, después de publicada la reforma constitucional, para solicitar el retiro de fondos; y definen un procedimiento para efectuar el trámite.Además, para despejar interpretaciones, especifica que se entenderá por afiliado al sistema privado de pensiones los cotizantes y los beneficiarios de una pensión; y consigna que la implementación del sistema no tendrá costo para los afiliados.



Comisiones aprueban licencia médica por Covid-19 para trabajadoras/es con postnatal parental

La propuesta, que será vista mañana por la Sala de la Cámara, fue aprobada primero por la Comisión de Trabajo y, luego, por Hacienda, en los mismos términos. En lo medular, se establecen beneficios, con motivo de la pandemia, a los padres o madres con permiso postnatal parental o que tengan el cuidado personal de niños o niñas nacidos a contar del año 2013.

En condiciones de ser visto mañana por la sala de la cámara de Diputadas y Diputados quedó el proyecto, en segundo trámite legislativo, que establece beneficios a los padres o madres que estén haciendo uso del permiso postnatal parental o que tengan el cuidado personal de niños o niñas nacidos a contar del año 2013, con motivo de la pandemia originada por el Covid-19.

Lo anterior, luego que fuera hoy aprobado íntegramente su texto por las Comisiones de Trabajo y de Hacienda, instancias que, para el tratamiento de la iniciativa, contaron con la participación del Subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro.

En Trabajo, las y los legisladores lamentaron que el proyecto del Gobierno no incluyera a las madres gestantes – con un postnatal extendido- y aquellas que tienen licencia por enfermedad grave de hijo menor de un año. Pese a estas observaciones, el texto fue aprobado sin modificaciones respecto de lo despachado por el Senado, con la idea de no retrasar la aplicación de la norma.

En todo caso, se acordó abordar los temas mencionados en otro proyecto que sería analizado prontamente y respecto del cual solicitaron el apoyo al Ejecutivo.

El debate en Hacienda, en tanto, se centró solo en los artículos de su competencia que contemplan la licencia médica preventiva parental por causa de la enfermedad Covid-19; los beneficios para los trabajadores al cuidado personal de niños o niñas; y los efectos de la suspensión por motivos de cuidado, respectivamente. El primer punto se zanjó por 13 votos a favor y los otros dos por doce preferencias afirmativas y una abstención.

En segundo término, también se ratificó, por unanimidad, otro grupo de artículos que establecen: la compatibilidad de las prestaciones de la presente ley con el Ingreso Familiar de Emergencia, así como también con otros beneficios económicos que se otorguen; abordan el cálculo, registro y pago de las cotizaciones previsionales y el financiamiento de las prestaciones; hacen extensiva la aplicación de esta ley a los funcionarios públicos; define el financiamiento fiscal de las medidas; y determina que la entrada en vigencia de la ley regirá desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

La propuesta

El texto legal contempla una licencia médica preventiva parental por 30 días, prorrogable por dos veces, mientras dure la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe. Además, señala que, si ambos padres hubieran gozado del permiso postnatal parental, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá optar a esta licencia médica en su beneficio.

Luego, indica que el subsidio derivado de la licencia médica preventiva parental será de cargo de la isapre a la que se encuentre afiliado el trabajador o de Fonasa, según corresponda. El único requisito para obtenerla será comprobar que se venció el postnatal.

Asimismo, se establece que aquellos trabajadores que hagan uso de este beneficio tendrán derecho a una extensión del fuero y se estipuló que será compatible con el ingreso familiar de emergencia, siendo la Superintendencia de Pensiones la encargada de fiscalizar la solicitud y el pago.

En tanto, las y los trabajadores que tengan a sus cuidados niños y niñas, mientras permanezca suspendido el funcionamiento de los establecimientos educacionales, jardines infantiles y salas cunas, por declaración de la autoridad competente para el control de la pandemia, tendrán derecho a solicitar la suspensión del contrato de trabajo, conforme a la Ley de protección al empleo.

La iniciativa también añade una norma que impide al empleador invocar como causal de término del contrato laboral, las inasistencias originadas en el cuidado de niñas y niños.

Finalmente, se precisa que el empleador deberá ofrecer a las trabajadoras embarazadas el adecuar su modalidad de trabajo presencial a otras más apropiadas para el cuidado de su proceso de gestación, en estos tiempos de pandemia.




Cámara aprueba retirar 10% desde AFP y proyecto avanza al Senado

¿Qué pasó?
Este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó en particular el proyecto de ley que permite el retiro del 10% de los ahorros previsionales, como medida de ayuda ante la crisis económica derivada del coronavirus. Con esto, la iniciativa pasa a su segundo trámite constitucional al Senado.

Por 95 votos a favor, 36 en contra y 22 abstenciones, los parlamentarios aprobaron la norma transitoria que establece el retiro del 10% de las cuentas individuales en las AFPs por parte de los cotizantes,por lo cual se da luz verde al proyecto ley, al menos en ese aspecto.

 

Otros artículos votados

En paralelo, la norma transitoria que establece la creación de un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, no alcanzó los votos necesarios y fue rechazada por 89 votos a favor, 43 en contra, 21 abstenciones.

¿En qué consiste el proyecto?

El proyecto contempla la posibilidad de que los afiliados retiren hasta el 10% de los fondos acumulados en sus cuentas individuales, estableciendo, además, un monto máximo de retiro de 150 UF (unos $4.303.458) y un piso mínimo de 35 UF (cerca de $1.004.140).

En paralelo, si el 10% de los fondos acumulados son inferiores a las 35 UF, el afiliado podrá sacar hasta dicho monto, mientras que si su ahorro no supera las 35 UF, el cotizante podrá retirar la totalidad de su saldo.

¿Quiénes podrían acceder al retiro de dinero?

El proyecto no establece tramos ni distinciones entre los cotizantes que podrían acceder al retiro de fondos, por tanto, todo aquel que tenga dinero en su cuenta de capitalización individual podría hacer efectivo su derecho.

Esto, eso sí, manteniendo los márgenes de monto mínimo y máximo de retiro por parte de los afiliados.

¿Cómo se devolvería el dinero?

Al haberse rechazado la creación de un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, el que estaría encargado del financiamiento progresivo de los complementos de pensiones que se necesiten tras los retiros de los afiliados, será tarea del Senado establecer el mecanismo de restitución de los fondos o, por ejemplo, encargar lo anterior a una ley posterior. 

Retiro sería pagado de forma íntegra

Junto con lo anterior se aprobó la indicación relativa a que el fondo retirado, no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y, por lo tanto, serán pagados de forma íntegra y no estarán afectos a comisiones por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.