El 14 de enero de este año se promulgó la ley 21.643, o Ley Karin, sin embargo esta entró recién en vigencia el día de hoy, jueves 1 de agosto. La normativa debe su nombre a Karin Salgado, técnico en enfermería que se quitó la vida en 2019 luego de sufrir acoso en el Hospital Herminda Martín de Chillán.
La Ley Karin viene a ampliar la antigua normativa vigente desde el 2012, modificando el Código del Trabajo para “prevenir, investigar y sancionar” el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Uno de los cambios más importantes que trae la Ley Karin es que no limita el acoso laboral a la relación jefe-subordinado, sino que también puede darse entre pares.
Tampoco será desde ahora necesario que los hostigamientos o agresiones sean de forma reiterada para ser constitutivas de delito, como lo indicaba la antigua ley, desde ahora bastará que sea sólo una vez para que pueda ser denunciada.
En cuanto a definiciones legales, las tres más importantes en el sentido de la nueva ley son:
- acoso laboral, entendido como “el que una persona realice, en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe”.
- Acoso laboral, como “toda conducta, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera repetida, que constituya agresión u hostigamiento, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores/as en contra de un tercero”.
- Y violencia en el trabajo, se entenderá como la violencia “ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a trabajadores con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores o usuarios”
No importa si son empleados con contrato indefinido, plazo fijo, por faena, la normativa los protege a todos por igual. Sin embargo, se establece también que el empleador debe contar con protocolos de protección ajustados a los nuevos estándares de la ley, por ejemplo, tomar medidas inmediatas en un plazo máximo de dos días.
- Algunas conductas específicas que considerará esta nueva ley serán:
- Juzgar el desempeño de un trabajador de forma ofensiva.
- Dejar en ridículo a un trabajador.
- Criticar reiteradamente la vida privada de un trabajador.
- Imitar de forma burlesca los gestos y voces de un trabajador.
- Separar a un trabajador de sus compañeros cambiándolo de lugar.
- Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
Otra duda común es si la Ley Karin es retroactiva, es decir si se puede hacer valer la nueva normativa respecto a un caso de acoso laboral que ocurrió antes de su entrada en vigencia, y lamentablemente la respuesta es no. La Ley Karin sirve sólo para hechos ocurridos desde el primero de agosto en adelante.