DIPUTADO HUGO REY MARTÍNEZ PRESENTO PROYECTO PARA ESTABLECER COMO FALTA GRAVÍSIMA CUANDO LA COMPAÑIA ELÉCTRICA NO CONCURRA OPORTUNAMENTE AL LUGAR A REPONER EL SERVICIO DE ENERGÍA ELECTRICA AUMENTANDO FUERTEMENTE LAS SANCIONES

El Diputado Hugo Rey explicó que el proyecto implica que “Es de justicia para las familias que represento incorporar como nueva causal de falta gravísima aquel hecho de que las empresas de no concurrir oportunamente a la solución de los siniestros o problemas reportados. Junto a ello, crear un nuevo criterio de razonabilidad para la Superintendencia de Electricidad y Combustible, la que al momento de aplicarlo invite a las empresas o entidades a reaccionar de una manera más eficiente al momento de enfrentarse a un siniestro reportado por los usuarios, ello, debido a que es conocido por ejemplo que los reclamos interpuestos por cortes en el suministro eléctrico tienen una capacidad de respuesta muy tardía”.

Agrego el parlamentario maulino Hugo Rey Martínez, “lo que me han dicho cientos de personas, en lo recorridos en terreno, tanto en las provincias de Talca y Curicó, que las multas que aplica la SEC a estas empresas o entidades, no satisfacen el objetivo de motivar una solución rápida y eficaz a su problema específico, pasan en algunos casos días y no se soluciona el problema y ahí siguen esperando sin electricidad en sus hogares”. Por lo anterior se considera en el proyecto de ley establecer: 1) como falta gravísima la no concurrencia oportuna al lugar del siniestro o la falta de información respecto a su solución una vez notificado el problema y 2) un nuevo criterio al momento de establecer una sanción que diga relación con el grado de diligencia que la empresa o la entidad puso al momento de conocer sobre una falla o problema en el servicio prestado.

El proyecto presentado por el parlamentario Hugo Rey Martinez, señala: Modificar la ley N° 18.410 incorporando lo siguiente:
Que en aquellos casos no hayan concurrido al lugar reportado del siniestro o no hayan dado información oportuna sobre la reparación del servicio, dentro del plazo de 2 horas a partir de la notificación realizada por el usuario.

Que no hayan dispuesto de una plataforma tecnológica que garantice la recepción de todos los reclamos o las solicitudes de información.

Que no cumplan con la obligación de informar y ejecutar semestralmente el plan de mantenimiento para sus instalaciones, el que deberá describir el plan de gestión que asegure el correcto mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones con la finalidad de minimizar todas las contingencias que pudiesen afectar la calidad del servicio prestado.

En cuanto a a las sanciones que se proponen modificar, el diputado Hugo Rey, señalo: “las sanciones que se sugieren cambiar son las multas establecidas en el numeral uno del artículo 16 que partan de un mínimo de los cinco mil hasta diez mil unidades tributarias anuales y en el numeral 2 del mismo artículo, con un mínimo de una multa que puede ir desde los dos mil hasta cinco mil, es decir estas sanciones pondrían llegar a los $6.400.000.000.

Por último, Rey Martínez indicó que se continuará defendiendo fuertemente el proyecto, ya que representa una “legítima demanda de las familias de las provincias de Talca y Curicó que represento y sin duda podrá mejorar su calidad de vida de todos ellos“.